La Ley de Startups de 2023 amplió el régimen de impatriados (Ley Beckham) a los trabajadores por cuenta propia. Si eres autónomo y te trasladas a España, puedes tributar al 24% durante 6 años — pero los requisitos son específicos y deben analizarse caso a caso.
Tras la Ley de Startups, los autónomos pueden acceder al régimen de impatriados por tres vías distintas. Solo es necesario cumplir una de ellas.
Desarrollas en España una actividad económica calificada como emprendedora según el artículo 70 de la Ley 14/2013. Se requiere informe favorable de ENISA (Empresa Nacional de Innovación). Esta vía es la más estructurada pero requiere tramitación adicional.
Ideal para: fundadores de startups, empresas de base tecnológica, proyectos innovadores.
Prestas servicios profesionales a empresas emergentes (startups) que hayan obtenido certificación como tal. La startup debe estar certificada conforme a la Ley 28/2022. Puedes actuar como autónomo o mediante sociedad.
Ideal para: consultores, CTOs, CFOs, asesores estratégicos de startups.
Realizas en España actividades de formación, investigación, desarrollo o innovación altamente remuneradas. Esta vía ya existía antes de la Ley de Startups y es aplicable a investigadores universitarios, científicos y tecnólogos.
Ideal para: investigadores, profesores universitarios, científicos, ingenieros en I+D.
Independientemente de la vía elegida, todos los autónomos que opten al régimen deben cumplir estos requisitos:
Reducido de 10 a 5 años por la Ley de Startups.
El traslado debe estar vinculado al inicio de la actividad en España.
La actividad no debe generar rentas a través de un establecimiento permanente en España más allá de lo permitido.
Debes presentar el Modelo 149 en el plazo. Guía del Modelo 149 →
Muchos autónomos asumen que pueden acogerse al régimen simplemente por trabajar para clientes extranjeros. Esto no es suficiente por sí solo.
Un freelancer que simplemente trabaja para clientes de otros países pero no encuadra en ninguna de las tres vías (emprendedor, cualificado para startup, I+D) probablemente no califica bajo el régimen.
Si no presentas el Modelo 149 dentro de los 6 meses del inicio de actividad o alta en Seguridad Social, pierdes el derecho al régimen para ese año fiscal de manera irreversible.
La elegibilidad de los autónomos para la Ley Beckham es compleja y la AEAT la fiscaliza activamente. Recomendamos un análisis profesional antes de presentar la solicitud.
Sí. El alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) o en Seguridad Social es el evento que inicia el cómputo de los 6 meses para presentar el Modelo 149. Debes tener claro cuál es tu fecha de inicio de actividad.
Depende de la vía. En la vía de nómada digital, hasta el 20% de tus ingresos pueden ser de fuente española. Si tu actividad principal la realizas para startups españolas certificadas (vía 2), no hay ese límite del 20%, pero la actividad debe enmarcarse correctamente.
Sí. Puedes acogerte al régimen como persona física (autónomo) y simultáneamente ser socio/administrador de una SL. El régimen se aplica a tu IRPF personal, no al Impuesto de Sociedades de la empresa. La estructura societaria óptima debe planificarse con antelación.
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Last updated: March 2026
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